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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 102 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>150</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 191 
 Ejecución 102 de 2010 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 299 de 2009, ejecución número 102 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Fernández Miguel, contra las empresas “José Ortiz, Sociedad Anónima”, y “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución de fecha 25 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es la del tenor literal siguiente:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña Isabel Sánchez Peña..En Madrid, a 25 de mayo de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don José Miguel Fernández Miguel, frente a “José Ortiz, Sociedad Anónima”, y “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, por un principal de 14.691,77 euros, más 2.938,35 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol..En Madrid, a 25 de mayo de 2010.
  Parte dispositiva:
  En orden a la efectividad de la medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “José Ortiz, Sociedad Anónima”, y “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.362/10)</texto>
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