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    <identificador>BOCM-20100625-166</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/06/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento ordinario 782 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>150</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Mercantil:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 166 
 Procedimiento ordinario 782 de 2007 
  Don José Antonio Rincón Mora, secretario del Juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid.
  Certifica: Que en el procedimiento ordinario número 782 de 2007 se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 139 de 2010
  En Madrid, a 11 de mayo de 2010..Don Andrés Sánchez Magro, magistrado-juez del Juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 782 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una, como demandante, “Wincanton Trans European España, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor don Federico Pinilla Romeo, y, de otra, la demandada,  “Kindle Productos España, Sociedad Limitada”.
  Fallo
  Acuerdo estimar la demanda interpuesta por “Wincanton Trans European España, Sociedad Limitada”, contra “Kindle Productos España, Sociedad Limitada”, en cuya virtud:
  Primero..Acuerdo condenar a la demandada al pago de 8.494,60 euros, más los intereses del fundamento jurídico segundo.
  Segundo..Acuerdo condenar a la demandada al pago de las costas de este procedimiento.
  Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que se preparará en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Para interponer recurso, los recurrentes deben consignar el depósito correspondiente, según la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, en la cuenta de este Juzgado de la entidad “Banesto”, con número 2.749, referente al presente procedimiento, bajo el apercibimiento a que hubiere lugar en derecho.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a la mercantil demandada “Kindle Productos España, Sociedad Limitada”, se expide el presente.
  En Madrid, a 12 de mayo de 2010..El secretario (firmado).
  (02/5.873/10)</texto>
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