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    <titulo>– Ciempozuelos. Régimen económico. Ordenanza fiscal cementerio y servicios funerarios</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Ciempozuelos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 93 
 Ordenanza fiscal cementerio y servicios funerarios 
  El Pleno del Ayuntamiento de Ciempozuelos, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de mayo de 2010, acordó la aprobación provisional de la modificación del artículo 7 de la vigente ordenación fiscal reguladora de la tasa de cementerio y servicios funerarios.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, se somete a expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Ciempozuelos, a 31 de mayo de 2010..La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García.
  (03/23.589/10)</texto>
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