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    <titulo>A Coruña número 1. Demanda 1.050 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 293 
 Demanda 1.050 de 2008 
  Doña María Blanco Aquino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de A Coruña.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.050 de 2008 (recurso número 113 de 2010) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arguimiro Lado Rodríguez, contra “Mutua Universal”, Tesorería General de la Seguridad Social, “Tegocentro M-12, Sociedad Limitada”, “Viafrego, Sociedad Limitada”, “Construcciones y Obras Vía Ferrol, Sociedad Limitada”, e Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Diligencia de ordenación
  Secretaria judicial, señora Blanco Aquino..A Coruña a 21 de mayo de 2010.
  El anterior escrito presentado por la actora, dentro del plazo legalmente establecido, únase a los autos de su razón. Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite.
  Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo la empresa recurrente acreditar en el momento de interponer el recurso haber consignado el depósito para recurrir por importe de 25 euros, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto”, número 1531, clave 30.
  Así lo ordeno y firmo.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Tegocentro M-12, Sociedad Limitada”, “Viafrego, Sociedad Limitada”, y “Construcciones y Obras Vía Ferrol, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En A Coruña, a 21 de mayo de 2010..La secretaria judicial, María Blanco Aquino.
  (03/22.927/10)</texto>
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