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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 470 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>147</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 166 
 Demanda 470 de 2009 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 470 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Teso del Prado, doña Susana Pilar Menéndez Herrera y doña Sonia María Ruiz Fraile, contra la empresa “NMC Nijsse Internacional, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de fecha 9 de febrero de 2010 siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 9 de febrero de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo ratificar el error material contenidos en la parte dispositiva del auto de 21 de enero de 2010, y, en consecuencia, dicha parte dispositiva debe decir lo siguiente:
  “Se declara resuelta la relación laboral que unía a don Óscar Teso del Prado, doña Susana Pilar Menéndez Herrera y doña Sonia María Ruiz Fraile, con la entidad demandada “NMC Nijsse International, Sociedad Limitada”, y se condena a “NMC Nijsse International, Sociedad Limitada”, a que indemnice a los actores, concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores; en las siguientes cantidades:
  A don Óscar Teso del Prado, 17.297,33 euros.
  A doña Susana Pilar Menéndez Herrera, 25.707,98 euros.
  A doña Sonia María Ruiz Fraile, 6.129,60 euros.
  Así como a que abone los salarios dejados de percibir por los actores desde la fecha de notificación de la sentencia de la que dimana este incidente, hasta que la fecha de esta resolución, 21 de enero de 2010; y que, unidos a los que por sentencia se condenó a la empresa, ascienden a las siguientes cantidades, computados desde el día 20 de febrero de 2009, fecha del despido, hasta el día de hoy, 21 de enero de 2010:
  A don Óscar Teso del Prado, 13.095,15 euros.
  A doña Susana Pilar Menéndez Herrera, 18.083,30 euros.
  A doña Susana María Ruiz Fraile, 17.111,80 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, Joaquín Castro Colás.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “NMC Nijsse Internacional, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 e mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.406/10)</texto>
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