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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 714 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 136 
 Demanda 714 de 2009 
  Doña María José Lucas Rebenaque, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 714 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Stella Villafañe López, contra don Juvenal Gaviria Vásquez, y “Juvenal Gaviria, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En nombre del Rey, ha dictado la siguiente
  Sentencia número 211 de 2010
  En Madrid, a 12 de mayo de 2010..Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, seguidos a instancias de doña Stella Villafañe López, asistida del letrado don Jaime Prieto Serna, contra don Juvenal Gaviria Vásquez y “Juvenal Gaviria, Sociedad Limitada”.
  Fallo
  Procede estimar la demanda planteada por doña Stella Villafañe López, contra la empresa “Juvenal Gaviria, Sociedad Limitada”, y a don Juvenal Gaviria Vásquez, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa “Juvenal Gaviria, Sociedad Limitada”, y a don Juvenal Gaviria Vásquez a que abonen a la demandante la cantidad total de 5.164,22 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, salvo de la cantidad de 1.867 euros al tratarse de concepto indemnizatorio.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/ 0714/09, el importe del principal y 150,25 euros.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Juvenal Gaviria, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.494/10)</texto>
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