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    <fecha_publicacion>2010/06/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Tielmes. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>144</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Tielmes</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TIELMES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 86 
 Modificación ordenanza fiscal 
  Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles en sesión extraordinaria del Pleno celebrada el día 11 de marzo de 2010, finalizado el plazo de exposición al público sin que se hayan presentado reclamaciones, se considera definitivamente aprobada, procediéndose a su publicación a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
  MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA  DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA
  Se modifica el artículo 4, que quedará con la siguiente redacción:
  “Art. 4.  Período de cobro del impuesto de bienes inmuebles..La recaudación se llevará a cabo en dos plazos:
  .	Primer plazo de cobranza, que corresponderá al 50 por 100 de la deuda anual, y comprenderá del 1 de junio al 31 de julio.
  .	Segundo plazo de cobranza, que corresponderá el 50 por 100 restante, y comprenderá de 1 de octubre al 30 de noviembre.”
  En Tielmes, a 28 de mayo de 2010..El alcalde-presidente, Miguel López del Pozo.
  (03/22.674/10)</texto>
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