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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>HORCAJO DE LA SIERRA-AOSLOS</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Horcajo de la Sierra-Aoslos. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>144</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HORCAJO DE LA SIERRA-AOSLOS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE HORCAJO DE LA SIERRA-AOSLOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 67 
 Modificación ordenanza fiscal 
  En la sesión del Pleno celebrada el día 10 de mayo de 2010, en la que se adoptó, entre otros, el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal, aprobada con carácter provisional.
  Modificaciones: tasa por ocupación de terrenos de uso público local.
  “Artículo 6.
  d)	Cuota mínima de fianza: 100 euros.”
  El referido expediente queda expuesto en la Secretaría del Ayuntamiento por plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones ante el Pleno de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del texto refundido de la Ley 2/2004, de 5 de marzo, de Haciendas Locales Reguladora de las Haciendas Locales; el acuerdo de modificación se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presenta ninguna reclamación.
  En Horcajo de la Sierra-Aoslos, a 24 de mayo de 2010..El alcalde-presidente, Raúl Andrés Martín.
  (03/22.679/10)</texto>
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