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    <titulo>Madrid número 7. Juicio de faltas 1.154 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 94 
 Juicio de faltas 1.154 de 2009 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.154 de 2009, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Madrid, a 10 de diciembre de 2009..La señora doña Susana Trujillano Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid, habiendo visto y oído los autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado al número 1.154 de 2009, contra doña Petruta Aurica Costache, como denunciada, por falta de hurto.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Petruca Aurica Costache, como responsable en concepto de autora de una falta de hurto intentada, ya definida, a pena de multa de treinta días, según cuota diaria de 6 euros, esto es, multa de 180 euros, por la falta cometida, con la responsabilidad personal prevista en el artículo 53 del Código Penal (un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas), en caso de impago, así como al abono de las costas de este juicio.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Petruta Aurica Costache, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 19 de mayo de 2010..El secretario (firmado).
  (03/21.428/10)</texto>
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