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    <fecha_publicacion>2010/06/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 1.377 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 92 
 Demanda 1.377 de 2009 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.377 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Carlos Duque Bastante, contra don Juan Martín Laín e “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Estimo la demanda del actor don José Carlos Duque Bastante y declaro improcedente el despido con efectos de 11 de agosto de 2009. Asimismo, declaro extinguida la relación laboral entre las partes con efectos de la fecha de esta sentencia.
  En consecuencia, condeno de forma solidaria a la empresa demandada “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, y al administrador único, don Juan Martín Laín, con número de identificación fiscal 2508699-C, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abonen, solidariamente, al actor la cantidad de 20.562,34 euros en concepto de indemnización, así como al pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia a razón de 1.848,24 euros mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras.
  Asimismo, declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial que abonará hasta el límite legal las cantidades objeto de condena.
  Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
  Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 1377/09 de procedimiento, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.
  Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Martín Laín e “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.303/10)</texto>
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