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    <fecha_publicacion>2010/06/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 8. Juicio de faltas 39 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8 
 EDICTO
 
 75 
 Juicio de faltas 39 de 2010 
  Doña Matilde García Moreno, secretaria del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 39 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés, a 9 de febrero de 2010..Vistos por mí, doña Elena Sanabria Seguido, magistrada-juez sustituta de los Juzgados de Leganés, actuando reglamentariamente en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 8 de esta localidad, en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 39 de 2010, seguidos por una falta de hurto, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, ejercitando la acción pública; representante legal de “Cecosa Hipermercados, Sociedad Limitada”, en calidad de denunciante, y doña Juana Manzano Amador, en calidad de denunciada.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Juana Manzano Amador, como autora de una falta de hurto, a la pena de multa de treinta días, con una cuota de 6 euros cada día, con la responsabilidad subsidiaria en caso de impago prevista en el artículo 53 del Código Penal, así como al abono de las costas propias del juicio.
  Publíquese la presente en audiencia pública y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma, y en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de formalizarse ante este Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y durante cuyo plazo se hallarán las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Juana Manzano Amador, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 4 de mayo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/21.207/10)</texto>
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