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    <titulo>– Galapagar. Otros anuncios. Elección juez de paz sustituto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Galapagar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Elección juez de paz sustituto 
  Este Ayuntamiento debe proceder a la elección de juez de paz sustituto del municipio para proponer al Tribunal Superior de Justicia de Madrid el nombramiento de quien resulte elegido.
  Quienes deseen desempeñar dicho cargo, y no estén incursos en las causas de incompatibilidad a que alude el artículo 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberán solicitarlo mediante presentación de su candidatura en la Secretaría del Ayuntamiento, en el plazo de un mes desde la publicación de este anuncio, acompañada de los siguiente documentos:
  a)	Fotocopia del documento nacional de identidad.
  b)	Declaración responsable en la que consten los siguiente extremos:
  .	Que no ha sido condenado por delito penal o, en su caso, que obtuvo la rehabilitación.
  .	Que no está procesado o inculpado por delito penal.
  .	Que está en pleno derecho de su derechos civiles.
  .	Que es español, mayor de edad, no está impedido física ni psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad tras la autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  .	Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  	Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación del documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.
  c)	Titulaciones académicas del aspirante, certificados o documentos que acrediten la realización de cursos o la asistencia a jornadas y seminarios.
  d)	Experiencia en la realización de las tareas propias del cargo de juez de paz, que se acreditará mediante los certificados expedidos por el órgano correspondiente.
  Galapagar, a 26 de mayo de 2010..El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz.
  (03/22.095/10)</texto>
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