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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Zaragoza número 5. Ejecución 8 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 138 
 Ejecución 8 de 2010 
  Don Miguel Ángel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Zaragoza.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 8 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Enrique Pescador Martínez, contra la empresa “Grupo Avanza Íber Gestión, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de insolvencia de fecha 3 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, acuerdo:
  a)  Declarar a la ejecutada “Grupo Avanza Íber Gestión, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 7.543 euros.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes  de la ejecutada.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, todo el que no sea trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o goce el beneficio de justicia gratuita o esté declarado pobre por disposición legal, deberá acreditar el ingreso de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, abierta en la sucursal del “Banco Español de Crédito”, oficina número 8005, sita en la calle Torrenueva, número 3, de Zaragoza, cuenta de abono en caso de transferencia bancaria (CCC) 0030/8005/40/0000000000, concepto 4895/0000/65, y en caso de ingreso en efectivo al número 4895/0000/65, haciendo entrega del resguardo acreditativo en Secretaría al tiempo de interponer el recurso.
  Firme que sea este auto, publíquese en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”.
  Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Manuel Bellido Aspas, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 5 de Zaragoza y su provincia.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Avanza Íber Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Zaragoza, a 3 de mayo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/21.244/10)</texto>
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