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    <fecha_publicacion>2010/06/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 338 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 115 
 Demanda 338 de 2010 
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 338 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Borja Mosquera Ruiz, contra las empresas Fondo de Garantía Salarial, “Mensajería Urgente Mediterránea, Sociedad Limitada”, “Cargoline del Norte, Sociedad Limitada”, y “Cargo Express Network, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
  Fallo
  Que estimando totalmente la demanda interpuesta por don Borja Mosquera Ruiz debo condenar y condeno solidariamente a las empresas “Mensajería Urgente Mediterránea, Sociedad Limitada”, “Justo Emiber, Sociedad Limitada”, “Cargo Express Network, Sociedad Limitada”, y “Cargoline del Norte, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 6.280 euros, así como el 10 por 100 en concepto de mora, y debo absolver y absuelvo a Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cargoline del Norte, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.214/10)</texto>
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