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    <identificador>BOCM-20100611-47</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Trabajo e Inmigración. Instituto Nacional de la Seguridad Social. Notificación resoluciones adoptadas en los expedientes de devolución de cantidades por prestaciones indebidamente percibidas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>138</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</organismo>
    <organismo>Dirección Provincial de Madrid - Instituto Nacional de la Seguridad Social</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 
 Instituto Nacional de la Seguridad Social
 Dirección Provincial de Madrid
 
 47 
 Notificación resoluciones adoptadas en los expedientes de devolución de cantidades por prestaciones indebidamente percibidas 
  La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debido a que intentada la notificación a las personas que a continuación se relacionan, no se ha podido practicar, por el presente anuncio, procede a notificar las resoluciones adoptadas en los expedientes de devolución de cantidades por prestaciones indebidamente percibidas por las causas que se indican en cada caso.
  Propuesta de reintegro: el pago podrá efectuarlo ingresando su importe en la cuenta de ingresos de la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuenta de ingresos de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid, número 2038/0626.08/7000637086 de “Caja Madrid”.
  Contra estas resoluciones podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (calle Serrano, número 102) en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de abril).
  Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles que los expedientes de su razón obran en las dependencias de la Subdirección de Pensiones de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid (calle Serrano, número 102, cuarta planta, 28006 Madrid).
  Causa de la deuda..Realización de actividad laboral incompatible con la pensión de orfandad.
  Legislación aplicable..Artículo 3 del Real Decreto 1465/2001, de 27 de diciembre, que modifica el artículo 9 del Real Decreto 1467/1997, de 31 de octubre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 248/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del sistema de Seguridad Social.
  Documento nacional de identidad. . Apellidos y nombre. . Período deuda. .  	Deuda en euros
  11.857.736. . De Haro de Sousa, César. . 3 de marzo de 2009 a 31 de octubre de 2009. . 3.944,74.
  47.519.103. . Heiros Blasco, María. . 1 de enero de 2009 a 31 de diciembre de 2009. . 3.480,19.
  En Madrid, a 7 de abril de 2010..La directora provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Carmen López Hidalgo.
  (02/4.134/10)</texto>
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