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    <fecha_publicacion>2010/06/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 600 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>138</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 145 
 Demanda 600 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 600 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Esquivias Iglesias, don Jesús Cabeza Fernández, don Bernabé Arévalo Rosario, don Mohamed Fars, don Pedro Braulio Neyra Cruces y don Alfredo Enrique Navarrete Ronquillo, contra las empresas “Construcción, Reformas, Decoración y Obra Civil, Sociedad Limitada”, y “Trap, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial..En Madrid, a 10 de mayo de 2010.
  Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma, a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnarla: recurso de reposición por un plazo de cinco días tras su notificación..La secretaria judicial (firmado).
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcción, Reformas, Decoración y Obra Civil, Sociedad Limitada”, y “Trap, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.117/10)</texto>
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