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    <identificador>BOCM-20100610-98</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 4. Procedimiento ordinario 689 de 2003</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>137</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 98 
 Procedimiento ordinario 689 de 2003 
  Doña Lorena Álvarez García, secretaria del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Colmenar Viejo.
  Por medio del presente hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de procedimiento ordinario número 689 de 2003, en los que se ha dictado sentencia número 483 de 2005, de 24 de noviembre de 2005, a instancias de doña María Luz Martínez Álvarez, contra don Daniel Carrasco Moreno y “Mapfre Seguros”, cuyo fallo es el que sigue:
  Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Pinto Ruiz, en nombre y representación de doña María Luz Martínez Álvarez, debo:
  1.  Condenar y condeno a don Daniel Carrasco Moreno y a la entidad “Mapfre Seguros” a que abonen conjunta y solidariamente a la actora la cantidad de 15.819,10 euros, incrementada con la variación de índice de precios al consumo desde la fecha del siniestro a la fecha de esta sentencia.
  La entidad “Mapfre” estará gravada, además, con el interés previsto en el artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro.
  2.  Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
  Y para que conste y sirva de notificación a don Daniel Carrasco Moreno, expido la presente en Colmenar Viejo, a 9 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/5.257/10)</texto>
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