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    <fecha_publicacion>2010/06/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Molar. Régimen económico. Modificación de créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Molar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 72 
 Modificación de créditos 
  Por acuerdo plenario del día 6 de abril de 2010 se aprobó inicialmente la modificación de créditos mediante suplementos 02/10, acuerdo que se ha elevado automáticamente a ­definitivo al no existir alegaciones durante el plazo de exposición pública. Dicha modificación se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a tenor de lo preceptuado en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas ­Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, cuyo resumen es del siguiente ­tenor literal:
  SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
   							Ver en documento PDF 						 
  Se financia mediante el remanente líquido de Tesorería.
  Dicho acuerdo puede ser recurrido en el plazo de dos meses, siguientes a la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid a tenor de lo preceptuado en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  La presente modificación de créditos entrará en vigor al día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El Molar, a 12 de mayo de 2010..El alcalde, Emilio de Frutos.
  (03/21.448/10)</texto>
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