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    <fecha_publicacion>2010/06/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 45 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>137</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 115 
 Ejecución 45 de 2008 
  Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 45 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Félix Almazán de Lucas, contra la empresa “Motoroad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, señora Farelo Gómez..En Madrid, a 7 de mayo de 2010.
  Parte dispositiva:
  En su virtud, visto el precepto citado y demás de general y pertinente aplicación, yo, la secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, acuerdo: aprobar el remate del bien embargado, descrito en el hecho primero de esta resolución a favor de la empresa “Ralf Automobile, Sociedad Limitada”, por el precio de 10.651 euros.
  Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución, será precisa la consignación de la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 2506 de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.
  Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.
  Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6 párrafo 5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Motoroad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.747/10)</texto>
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