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    <fecha_publicacion>2010/06/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 106 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>137</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 109 
 Ejecución 106 de 2010 
  Doña María José Lucas Rebenaque, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 106 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Pacheco Pérez, contra la empresa “Ja Acisclo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras..En Madrid, a 10 de mayo de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de sentencia a favor de la parte ejecutante don Raúl Pacheco Pérez, frente a “Ja Acisclo, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 17.536,30 euros en concepto de principal, más otros 1.754 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, pueden devengarse durante la ejecución, y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguientes a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ja Acisclo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.756/10)</texto>
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