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    <fecha_publicacion>2010/06/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alpedrete. Organización y funcionamiento. Ordenanza fiscal utilización privativa a favor de empresas de telefonía móvil</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALPEDRETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Ordenanza fiscal utilización privativa a favor de empresas de telefonía móvil 
  El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2010, acordó la aprobación inicial de las siguientes ordenanzas:
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, a favor de empresas explotadoras o prestadoras del servicio de telefonía móvil.
  .	Ordenanza de policía para la ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y afines con finalidad lucrativa.
  En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se someten los expedientes a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que puedan ser examinados y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Alpedrete, a 31 de mayo de 2010..La alcaldesa, María Casado Nieto.
  (03/22.682/10)</texto>
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