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    <titulo>Madrid número 35. Demanda 292 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 279 
 Demanda 292 de 2008 
  Doña Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
  Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en ese Juzgado a instancias de don José Carlos Palomera Paz, contra las empresas “Avant Garantías, Sociedad Limitada”, “Valle y Cabrera Asociados, Sociedad Limitada”, y “Asistencia Técnica Industrial, Sociedad Anónima”, registrado con el número 292 de 2008, de este Juzgado de lo social, se ha dictado auto, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 4 de mayo de 2010.
  Parte dispositiva:
  Su señoría ilustrísima dijo:
  Que procede resolver el presente incidente de ejecución de sentencia firme sobre despido en los siguientes términos:
  Requerir al actor para la reincorporación inmediata a la empresa en el plazo no superior a cinco días a partir de la notificación de esta resolución.
  Obligación de la demandada de respetar sus condiciones laborales existentes con anterioridad al despido.
  Decretar con base al artículo 276 de la Ley de Procedimiento Laboral la perdida por parte del actor de los salarios de tramitación desde la sentencia del Tribunal Superior hasta su readmisión, ya que es injustificada su negativa a ella.
  Producida su readmisión reintegrar a la empresa el importe de 13.835,76 euros, resultado de deducir de la cantidad ya percibida, 14.788,25, euros los once días de salarios de tramitación desde el 31 de enero de 2008 al 11 de febrero de 2008.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, número de cuenta 2808/0000/00/0292/08, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, José Antonio Capilla Bolaños.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Valle y Cabrera Asociados, Sociedad Limitada”, y “Asistencia Técnica Industrial, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 4 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.929/10)</texto>
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