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    <fecha_publicacion>2010/06/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 109 de 2007-M</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 211 
 Ejecución 109 de 2007-M 
  Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 109 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Arenas Salmerón, contra la empresa “Member Grupo Inmobiliario, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha auto de subrogación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quien se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 2.089,65 euros.
  Se deja sin efecto el abono al ejecutante don Rafael Arenas Salmerón de la cantidad de 743,21 euros en concepto de resto de principal. En su virtud, anúlese el mandamiento de devolución expedido, y procédase a la transferencia de dicha cantidad a la cuenta de Fondo de Garantía Salarial número 0049/5102/27/2216081661 en concepto de reintegro parcial.
  Se hace constar que a día de la fecha queda pendiente de reintegro a Fondo de Garantía Salarial la cantidad de 4.339,51 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme esta resolución, archívense las actuaciones.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.
  Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, número cuenta 2519, seguido del número de expediente, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.
  Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid..El magistrado-juez.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Member Grupo Inmobiliario, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.883/10)</texto>
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