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    <fecha_publicacion>2010/06/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 567 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 149 
 Demanda 567 de 2009 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 567 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramiro Jiménez Samaniego, contra las empresas “Marius Coman Los 80 Placa Placa, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Maupin, Sociedad Limitada”, y “GTM, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice.
  En el encabezamiento de la sentencia el nombre de la letrada del actor es doña Asunción Mateo Teste, y el nombre de la letrada de la demandada “Mutua Mutual Midat Cyclops”, es doña María Toledo Gutiérrez.
  En el fallo de la sentencia la cantidad total del tercer párrafo es de 3.368,25 euros y no la que figura en dicho fallo.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Marius Coman Los 80 Placa Placa, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Maupin, Sociedad Limitada”, y “GTM, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.922/10)</texto>
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