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    <fecha_publicacion>2010/06/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 1.251 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 35 
 Demanda 1.251 de 2009 
  Doña María José Lucas Rebenaque, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.251 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Pilar Fernández Gómez, contra la empresa “Anyco Gestión, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 25 de febrero de 2010.
  Parte dispositiva:
  Así por este auto, digo: Se tiene a la parte actora por desistida y archívese el procedimiento sin más trámite.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Mercedes Gómez Ferreras.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Anyco Gestión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.607/10)</texto>
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