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    <fecha_publicacion>2010/06/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 96 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 
 131 
 Ejecución 96 de 2010 
  Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.500 de 2009, ejecución número 96 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Peñalver García, contra la empresa “BRB Carroceros, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Providencia
  Ilustrísimo magistrado-juez de lo social..En Madrid, a 12 de mayo de 2010.
  Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la sentencia de fecha 26 de noviembre de 2009 y se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Hernani, número 59, segunda planta, el día 10 de junio de 2010, a las ocho cincuenta y cinco horas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado el acto se celebrará sin su presencia.
  Notifíquese a las partes esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento y año), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
  Así lo manda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “BRB Carroceros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.414/10)</texto>
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