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    <fecha_publicacion>2010/06/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Demanda 1.743 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 121 
 Demanda 1.743 de 2009 
  Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.743 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Ureña Salas, contra “Open City, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se han dictado sentencia de fecha 18 de marzo de 2010 auto de 13 de abril de 2010 del tenor literal siguiente:
  Que estimando en parte, con desestimación en lo demás, y estimando igualmente en parte la oposición efectuada por la representación del Fondo de Garantía, la demanda interpuesta por don Miguel Ángel Ureña Salas, contra “Open City, Sociedad Limitada Unipersonal”, condeno a la citada empresa a abonar al actor la cantidad de 1.688 euros, más el interés legal por mora del 10 por 100 anual en el pago de salarios.
  Contra la presente sentencia definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral, procede recurso de reposición.
  Dispongo: Que no ha lugar a la aclaración solicitada.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Open City, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.608/10)</texto>
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