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    <fecha_publicacion>2010/06/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Demanda 1.097 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 100 
 Demanda 1.097 de 2009 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.097 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Arribas Carrión, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y la empresa “Obras y Proyectos Garpi, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia con fecha 29 de abril de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que desestimando la demanda formulada por don Ángel Arribas Carrión, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Asepeyo” y “Obras y Proyectos Garpi, Sociedad Limitada”, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las peticiones formuladas.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
  El recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obras y Proyectos Garpi, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.480/10)</texto>
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