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    <identificador>BOCM-20100601-16</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/06/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Mesa de contratación
– Orden 1246/2010, de 3 de mayo, por la que se designan, con carácter permanente, los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>129</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN</organismo>
    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN 
 
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 ORDEN 1246/2010, de 3 de mayo, por la que se designan, con carácter permanente, los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería. 
  El artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, regula la composición de la Mesa de Contratación que debe existir en cada Consejería, siendo competencia del órgano de contratación la designación de los miembros.
  En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; el artículo 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el artículo 18 del Decreto 49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
     DISPONGO
  Artículo único
  Designar a los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, que, con carácter permanente, tendrán la siguiente composición:
  Presidente: La Secretaria General Técnica de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, de las Mesas que se constituyan en relación con los contratos que se financien con cargo al programa presupuestario del que es responsable; o los Directores Generales de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, en las Mesas que se tramiten en el ámbito de sus competencias y que se financien con cargo a cada uno de sus programas de gasto.
  Presidente suplente: Los titulares de las Subdirecciones Generales o de las Jefaturas de Área que promuevan el expediente.
  Vocales:
  .	Un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.
  .	Un Interventor de la Comunidad de Madrid.
  .	Un funcionario del Centro Directivo promotor del Contrato.
  .	Un funcionario de la Secretaría General Técnica.
  Secretario: El titular de la Jefatura de Área de Contratación.
  Secretario suplente: Un funcionario del Área de Contratación.
  DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
  Quedan sin efecto las Órdenes de fecha anterior a la presente en las que se establezcan la composición o designación con carácter permanente de los miembros de la Mesa de Contratación de las Consejerías de Empleo y Mujer y de Inmigración y Cooperación.
  DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
  Entrada en vigor
  La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 3 de mayo de 2010.
  		La Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, 		MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER
  (03/19.754/10)</texto>
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