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    <identificador>BOCM-20100531-123</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>RIVAS-VACIAMADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Rivas-Vaciamadrid. Licencias. Licencia actividad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>128</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID 
 LICENCIAS
 
 123 
 Licencia actividad 
  En aplicación del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la rectificación de errores materiales en la publicación de fecha 25 de marzo de 2010, referencia 02/2.083/10:
  Donde dice: “De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aplicable indirectamente en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid, se han emitido informes técnicos de sanidad, para la adopción de medidas correctoras, de los expedientes de actividad relacionados a continuación.”; debe decir: “Al amparo de lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, se ha resuelto otorgar plazo de trámite de audiencia a los siguientes titulares de expedientes de actividad:”.
  Donde dice: “dentro del plazo de un mes”; debe decir: “dentro del plazo de diez días”.
  En Rivas Vaciamadrid, a 6 de noviembre de 2008..El concejal-delegado de Política Territorial (PD 431/2009, de 5 de febrero, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de marzo de 2009), José Ramón Martínez Perea.
  (02/4.234/10)</texto>
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