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    <titulo>Madrid número 6. Demanda 252 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 70 
 Demanda 252 de 2010 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 252 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Florentina García López, contra las empresas “Arm on Line, Sociedad Limitada”, “Ipatel, Sociedad Anónima”, y “Arm Sistemas Informáticos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 26 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimando en parte la demanda interpuesta por doña Florentina García López, contra la empresa “Arm on Line, Sociedad Limitada”, debo declarar improcedente el despido habido con fecha 30 de diciembre de 2009, debo declarar y declaro resuelta la relación laboral que unía a la actora con la demandada “Arm on Line, Sociedad Limitada”, y se condena a esta a que indemnice a la actora la cantidad de 53.044,80 euros en concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. Debo, igualmente, condenar y condeno a la empresa “Arm on Line, Sociedad Limitada”, a que abone los salarios dejados de percibir por la actora desde el 30 de diciembre de 2009, fecha del despido que se declara improcedente, hasta la fecha de esta resolución (27 de abril de 2010), a razón de 55,04 euros diarios, lo que hace una cuantía total de 10.175,14 euros.
  Absolviendo a las codemandadas “Ipatel, Sociedad Anónima”, y a “Arm Sistemas Informáticos, Sociedad Limitada”, de los pedimentos de la presente demanda.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Arm on Line, Sociedad Limitada”, “Ipatel, Sociedad Anónima”, y “Arm Sistemas Informáticos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.960/10)</texto>
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