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    <fecha_publicacion>2010/05/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Navalcarnero número 1. Juicio de faltas 353 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>127</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 51 
 Juicio de faltas 353 de 2009 
  Doña Regina María González Lozano, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 353 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Navalcarnero, a 28 de septiembre de 2009..Vistos por doña Ana Rosa Bernal Dafauce, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero, los presentes autos de juicio de faltas seguidos al número 353 de 2009, sobre la presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, como denunciante, don Luis Salvador Guerrero Cepero, y como denunciada, doña Stefanita Ionut Alexandru, quien no compareció, siendo perjudicado el establecimiento “Fórum Sport”, del centro comercial “Xanadú”, que no compareció.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Stefanita Ionut Alexadru, como autora responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 8 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, entregándose de forma definitiva al establecimiento “Fórum Sport”, del centro comercial “Xanadú”, las prendas sustraídas en concepto de dueño, y al pago de las costas de este procedimiento, si las hubiera.
  Se acuerda, asimismo, el comiso y destrucción del alicate utilizado para la comisión de estos hechos.
  Notifíquese esta sentencia al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Stefanita Ionut Alexandru, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 27 de abril de 2010..El secretario (firmado).
  (03/18.720/10)</texto>
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