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    <identificador>BOCM-20100529-27</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 90. Desahucio 41 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>127</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90 
 EDICTO
 
 27 
 Desahucio 41 de 2009 
  Doña Aurora García Álvarez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid.
  Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento de juicio de desahucio número 41 de 2009, en el que se ha dictado sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  La ilustrísima señora doña Milagros Aparicio Avendaño, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 41 de 2009, a instancias de don Milio Lorenzo Gil, representado por la procuradora doña Raquel Olivares Pastor y asistida por el letrado don Andrés Gabarrón Comas, contra doña Ana Cecilia Maygua Chico, procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la siguiente resolución:
  Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas en la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Raquel Olivares Pastor, en nombre y representación de don Emilio Lorenzo Gil, como parte demandante, contra doña Ana Cecilia Maygua Chico, como parte demandada, debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento que une a las partes de fecha 4 de octubre de 2006 sobre el inmueble sito en la calle Blasco de Garay, número 84, quinto C, 28015 Madrid. En su virtud, debo condenar y condeno a la demandada doña Ana Cecilia Maygua Chico a estar y pasar por tal resolución y al pago a la parte actora de la cantidad de 5.475 euros en concepto de rentas y cantidades asimiladas impagadas hasta el mes de febrero de 2009, más los intereses legales de dicha cantidad desde la presentación de la demanda.
  Se hace expresa imposición de las costas causadas en el procedimiento a la parte demandada.
  Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme. En efecto, contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación. Para ello, la parte demandada deberá estar al corriente de pago de las rentas adeudadas conforme a lo dispuesto en el artículo 449 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  La interposición del recurso de apelación precisará la constitución de un depósito de 50 euros (clave 02).
  Las cantidades objeto de depósito deberán ser consignadas en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado en la entidad bancaria “Banesto”, número de cuenta expediente 41490000 (clave recurso) (número de procedimiento cuatro dígitos) (año).
  Si el ingreso se realiza mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso se indicará después de los dieciséis dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio).
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.
  Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia a doña Ana Cecilia Maygua Chico, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente en Madrid, a 22 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/5.184/10)</texto>
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