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    <fecha_publicacion>2010/05/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 70. Juicio verbal 1.093 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>127</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 25 
 Juicio verbal 1.093 de 2009 
  Doña Regina Pérez Sánchez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de juicio verbal número 1.093 de 2009 se ha dictado sentencia de fecha 14 de septiembre de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 218
  En Madrid, a 14 de septiembre de 2009..La señora doña María Begoña Pérez Sanz, magistrada-juez de primera instancia del número 70 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal, número 1.093 de 2009, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, don Francisco Javier Rodríguez Escolar, con procuradora doña Ascensión Peláez Díez y letrado sin profesional asignado, y de otra, como demandada, doña María Inés Torres Torres, con procurador sin profesional asignado y letrado sin profesional asignado, sobre juicio verbal; y …
  Fallo
  Que debo estimar y estimo la demanda deducida por la procuradora de los tribunales doña Ascensión Peláez Díez, en nombre y representación de don Francisco Javier Rodríguez Escolar, contra doña María Inés del Rosario Torres Torres, en consecuencia, declaro resuelto el contrato suscrito entre las partes relativo al piso sito en Madrid, calle Peña Rivera, número 4, primero B, por falta de pago de la renta, condenando a la demandada a desalojar y dejar libre el mismo, apercibiendo de lanzamiento en caso de no desalojar en el plazo previsto en la Ley, así como que se condene a la demandada a abonar al actor la cantidad de 7.967,7 euros, más las rentas vencidas con posterioridad hasta el lanzamiento y las costas del procedimiento.
  Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término del quinto día.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María Inés del Rosario Torres Torres, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de la sentencia de fecha 14 de septiembre de 2009 en legal forma.
  Madrid, a 22 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/5.094/10)</texto>
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