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    <titulo>– Guadarrama. Otros anuncios. Baja padrón de habitantes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>126</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GUADARRAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Baja padrón de habitantes 
  De conformidad con lo establecido en la resolución conjunta de la presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instituciones técnicas a los Ayuntamientos, sobre la gestión y revisión del padrón municipal de 9 de abril de 1997, sirva el presente anuncio para poner en conocimiento de los siguientes interesados que, habiendo tenido conocimiento este Ayuntamiento de que ustedes no residen en el domicilio en que figuran inscritos en hoja patronal, y en base a lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre), le comunico que se ha procedido a incoar de oficio expediente para proceder a darle de baja en el padrón de este municipio, por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 54 del mencionado reglamento.
  Expediente bajas de oficio 2009
   							Ver en documento PDF 						 
  No obstante, se le concede un plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que manifieste si está o no de acuerdo con la baja en el domicilio citado, debiendo presentar en la oficina de atención al ciudadano del Ayuntamiento de Guadarrama las alegaciones necesarias o justificaciones que estime oportunas, que acrediten que vive en este municipio en el domicilio mencionado, o bien para que indique el domicilio en el que reside habitualmente.
  Expediente bajas por caducidad
  De conformidad con lo establecido en la resolución conjunta de la presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos, sobre la gestión y revisión del padrón municipal de 9 de abril de 1997, sirva la presente para poner en su conocimiento que, no habiendo llevado a cabo la renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el padrón de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, comunicada en su día y establecida en el artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, le comunico que se ha procedido a incoar expediente para acordar la caducidad de su inscripción.
  Expediente ficheros 2008
   							Ver en documento PDF 						 
  Expediente ficheros 2009
   							Ver en documento PDF 						 
  No obstante, se le concede un plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación, para que manifieste si está o no de acuerdo con la baja en el domicilio citado, debiendo presentar en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Guadarrama las alegaciones necesarias o justificaciones que estime oportunas, que acrediten dicha renovación. 
  En Guadarrama, a 5 de mayo de 2010..El concejal delegado (Decreto de Delegación 610/2009, de 9 de diciembre), Ricardo Lozano Carmona.
  (02/4.832/10)</texto>
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