<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100528-254</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 6 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>126</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-05-28210520100230</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/28/BOCM-20100528-254.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/28/BOCM-20100528-254.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/28/BOCM-20100528-254.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 254 
 Ejecución 6 de 2008 
  Don José María Nebreda Trascasa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 6 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Insyte Instalaciones, Sociedad Anónima”, contra don Julio Román García Cidoncha, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Providencia
  Dada cuenta; no habiendo sido solicitado por ninguno de los Juzgados de lo social el sobrante ofrecido en la presente ejecución en resolución que procede, póngase a disposición de la parte demandada don Julio Ramón García Cidoncha, la cantidad de 175,77 euros en concepto de sobrante, la cual deberá personarse ante esta Secretaría una vez firme la presente resolución, haciéndose saber que los mandamientos deberán ser presentados al cobro en un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a su emisión, no excluyéndose los días inhábiles pero sí el día del vencimiento por lo que se entenderá que el mandamiento vence el día hábil siguiente (artículo 12.2 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril).
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Advirtiendo al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en el “Banco Español de Crédito”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 2802.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Julio Román García Cidoncha, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de abril de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/18.671/10)</texto>
</documento>