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    <fecha_publicacion>2010/05/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 218 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>125</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 187 
 Ejecución 218 de 2008 
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 218 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Anastasio García Mateos, don José Martín Moreno y don Juan Antonio Castaño Carro, contra la empresa “Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  a)  Se acuerda despachar la ejecución solicitada por don Juan Antonio Castaño Carro, contra “Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, por un importe de 16.939,95 euros de principal, y otros 3.386 euros de intereses y costas, y se decreta el embargo de bienes de “Estructuras Lepar, Sociedad Limitada”.
  b)  Se acuerda acumular la presente ejecución solicitada por don Juan Antonio Castaño Carro a la número 218 de 2008, seguida en este Juzgado a instancias de don José Martín Moreno, contra la misma ejecutada, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 36.779,07 euros más 3.676 euros de intereses y de costas. Afectándose los bienes embargados en su caso en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente resolución así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a que esta se acumula.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en le plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Sin perjuicio de su ejecutividad.
  Esta es la resolución que propone el secretario judicial de este Juzgado a la ilustrísima señora doña Ana Fernández Valenti, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lepar Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.332/10)</texto>
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