<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100526-77</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MECO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Meco. Urbanismo. Modificación proyecto de compensación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>124</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-05-26250520100009</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/26/BOCM-20100526-77.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/26/BOCM-20100526-77.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/26/BOCM-20100526-77.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MECO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MECO 
 URBANISMO
 
 77 
 Modificación proyecto de compensación 
  Por el presente se hace público, a los efectos del artículo 174 del Reglamento de Gestión Urbanística y normativa concordante, la aprobación definitiva, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 25 de marzo de 2010, según competencia delegada por decreto de la Alcaldía 424/2007, del documento de modificación del proyecto de compensación promovido por el Ayuntamiento de Meco, de Oficio del SAU-11, de las normas subsidiarias de Meco de 1997. Quienes estén legitimados pueden interponer los siguientes recursos:
  .	Recurso de reposición: durante el plazo de un mes, podrán interponer el recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante el órgano municipal que ha dictado el acto, en el Registro General de este Ayuntamiento, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo.
  .	Recurso contencioso-administrativo: en el plazo de dos meses desde la publicación, conforme se establece en el artículo 10 de la Ley de Jurisdicción Contencioso­Administrativa, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid; todo ello sin perjuicio de hacer uso de cualquier otro medio de oposición admitido en derecho.
  Meco, a 19 de abril de 2010..El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
  (03/19.411/10)</texto>
</documento>