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    <titulo>Madrid número 28. Demanda 854 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 323 
 Demanda 854 de 2006 
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 854 de 2006 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Elena Alperi Juan, contra la empresa “Vieco Iluminación, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado propuesta de providencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Propuesta de providencia del secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa..En Madrid, a 18 de noviembre de 2009.
  Dada cuenta; visto el estado de las actuaciones, habiendo transcurrido el término de diez días por el que se dio traslado a las partes de la liquidación de intereses practicada con fecha 27 de octubre de 2008, por importe de 2,92 euros, sin que se haya formulado impugnación alguna por las partes, resulta procedente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 266 de la Ley de Procedimiento Laboral y 714 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, aprobar dicha liquidación por el referido importe.
  Habiendo sido consignada la cantidad por la parte demandada en concepto de liquidación de intereses, y existiendo en la cuenta del Juzgado un saldo de 3,17 euros, póngase a disposición de la parte demandante la cantidad de 2,92 euros, expidiéndose al efecto por el señor secretario el correspondiente mandamiento de devolución. Y asimismo, póngase a disposición de la parte demandada la diferencia entre 3,17 euros y 2,92 euros, es decir, 0,25 euros por el conceptode exceso de consignación, expidiéndose al efecto el correspondiente mandamiento de devolución por el señor secretario.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, será necesaria para la interposición del recurso de reposición acreditar la consignación de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente. Dicho depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. También están exentos el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.
  Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe..Conforme: la magistrada-juez de lo social (firmado)..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña María Elena Alperi Juan y “Vieco Iluminación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de abril de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/17.654/10)</texto>
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