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    <fecha_publicacion>2010/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 4. Juicio de faltas 276 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 235 
 Juicio de faltas 276 de 2009 
  Doña María Paz Laso Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 276 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Getafe, a 8 de septiembre de 2009..Vistos por mí, ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe, los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 276 de 2009, en los que ha sido parte el señor fiscal, y como implicados: doña Steluta Camelia Nicolescu, con documento extranjero número 427.561, en calidad de denunciada, y don Raúl Jiménez Muñoz, con documento nacional de identidad número 50190266-B, en calidad de denunciante, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Steluta Camelia Nicolescu, como autora responsable de una falta de hurto en grado de tentativa, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 3 euros, y al abono de las costas del presente procedimiento.
  Cese el depósito que se hubiere constituido sobre los objetos sustraídos.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación, todo ello si no hubiese sido notificada antes y declarada firme en el acto del juicio oral.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Steluta Camelia Nicolescu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 23 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/18.350/10)</texto>
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