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    <fecha_publicacion>2010/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 48. Juicio de faltas 857 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 48 
 EDICTO
 
 184 
 Juicio de faltas 857 de 2009 
  Doña Nieves Moreno Carrero, secretaria del Juzgado de instrucción número 48 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 857 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos los presentes autos de juicio verbal de faltas número 717 de 2009, seguidos por una falta de hurto (623), por denuncia del representante legal de “El Corte Inglés”, contra doña Marcela Veloz Vega y don Antonio Manuel Cirineo Salazar, habiendo sido parte en los mismos el ministerio fiscal, celebrándose con la asistencia de la denunciada doña Marcela.
  Que debo condenar y condeno a doña Marcela Veloz Vega y a don Antonio Manuel Cirineo Salazar, como autores responsables de una falta de hurto en grado de tentativa del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 3 euros, y pago de costas por partes iguales, con responsabilidad personal subsidiaria de privación de libertad de un día por cada dos cuotas insatisfechas.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Marcela Veloz Vega, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 21 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/17.567/10)</texto>
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