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    <fecha_publicacion>2010/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 42. Juicio de faltas 3 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42 
 EDICTO
 
 174 
 Juicio de faltas 3 de 2010 
  Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 3 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Madrid, a 8 de marzo de 2010..Vistos por mí, don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 3 de 2010, sobre amenazas, en virtud de denuncia, en los que han sido partes, como implicados: denunciante, doña María del Carmen Rodríguez Huelves, y como denunciados, don José David González Yagüe y don Juan Pedro Yagüe Ortiz, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto el siguiente:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a don José David González Yagüe y don Juan Pedro Yagüe Ortiz, declarando de oficio las costas procesales.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a la denunciante doña María del Carmen Rodríguez Huelves y a los denunciados don José David González Yagüe y don Juan Pedro Yagüe Ortiz, expido la presente en Madrid, a 20 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/18.116/10)</texto>
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