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    <fecha_publicacion>2010/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Otros anuncios. Sanción por obras ejecutadas sin licencia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Sanción por obras ejecutadas sin licencia 
  A efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido las notificaciones que se relacionan a continuación en el anexo.
  ANEXO
  Expediente: IU 37/2009.
  Interesados: “Housevil Inmobiliaria, Sociedad Limitada”, don Juan María, don Alberto, don Carlos, doña Susana Elda, don David Wenceslao, don Jaime y don Víctor Juan Villanueva Ghisleri.
  Acto administrativo: resolución de 31 de marzo de 2010 que impone una sanción de 370.088,87 euros por obras ejecutadas sin licencia en la calle Faisán, número 12.
  Recursos: esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir de la publicación del presente anuncio.
  Pago: podrá hacerse efectivo el pago de la sanción, en período voluntario, dentro de los siguientes plazos:
  .	Las notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior, y las realizadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente.
  Transcurridos estos plazos sin haberse efectuado el pago, se iniciará el período ejecutivo con el recargo correspondiente, más intereses y costas que se devenguen hasta el momento de efectuar el pago.
  Pozuelo de Alarcón, a 12 de abril de 2010..El alcalde, PD, el teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Presidencia, Medio Ambiente, Obras, Servicios, Movilidad, Transporte y Patrimonio (decreto de 15 de enero de 2010), Mariano Pérez-Hickman y Silván.
  (03/3.918/10)</texto>
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