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    <fecha_publicacion>2010/05/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Demanda 908 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 121 
 Demanda 908 de 2009 
  Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 908 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Imaalitane Amar, don Amattouch Ahmed y don Amalitan Abdeslam, contra Fondo de Garantía Salarial y “Construcciones y Obras de Ana, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia con el tenor literal siguiente:
  Providencia
  Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don José Luis de Mesa Gutiérrez..En Madrid, a 30 de abril de 2010.
  Visto el contenido del escrito presentado por don Francisco Carrera Martín, en nombre y representación de don Amalitan Abdeslam, don Imaalitane Amar y don Amattouch Ahmed parte demandante. Únase y con traslado del mismo a las partes demandadas, y al Fondo de Garantía Salarial, cítense en virtud de los artículos 295.2 y 296 de la Ley de Procedimiento Laboral a dichas partes para la comparecencia que tendrán lugar en la sala de audiencias de este Juzgado el próximo día 9 de junio de 2010 a las nueve y quince horas de su mañana, debiendo las partes comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto” (calle Orense, número 19, Madrid) con el número 2505, o mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Obras de Ana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.700/10)</texto>
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