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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/05/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Plan especial infraestructuras
– Resolución de 5 de mayo de 2010, por la que se hace público el acuerdo relativo al Plan Especial de Infraestructuras del proyecto de: “Construcción de dos depósitos del sistema Pinilla (Valdemanco y la Silicona) y refuerzo del abastecimiento a Navalafuente, Cabanillas de la Sierra y Valdemanco”, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 101/10)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2010, por la que se hace público el acuerdo relativo al Plan Especial de Infraestructuras del proyecto de: “Construcción de dos depósitos del sistema Pinilla (Valdemanco y la Silicona) y refuerzo del abastecimiento a Navalafuente, Cabanillas de la Sierra y Valdemanco”, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 101/10). 
  La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el 29 de abril de 2010, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras del proyecto de: “Construcción de dos depósitos del sistema Pinilla (Valdemanco y la Silicona) y refuerzo del abastecimiento a Navalafuente, Cabanillas de la Sierra y Valdemanco”, en los términos municipales Navalafuente, Cabanillas de la Sierra y Valdemanco, promovido por el Canal de Isabel II.
  En virtud del contenido del informe técnico-jurídico de 14 de abril de 2010, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 14 de abril de 2010, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:
  «Primero
  Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del proyecto de: “Construcción de dos depósitos del sistema Pinilla (Valdemanco y la Silicona) y refuerzo del abastecimiento a Navalafuente, Cabanillas de la Sierra y Valdemanco”, en los términos municipales de Navalafuente, Cabanillas de la Sierra y Valdemanco, promovido por el Canal de Isabel II, con las condiciones que para su desarrollo se establecen en los siguientes informes sectoriales, obrantes en el expediente:
  .	Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de 17 de diciembre de 2008.
  .	Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias) de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio; de 17 de marzo de 2010.
  .	Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de 30 de diciembre de 2008.
  .	Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, de 8 de enero de 2009.
  .	Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de 19 de enero de 2010.
  .	Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, de 3 de julio de 2009.
  .	Dirección General de Patrimonio Histórico de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, de 18 de junio de 2009 y 22 de marzo de 2010.
  Segundo
  Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
  En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.
  Lo que se hace público, para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
  Madrid, a 5 de mayo de 2010..El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
  (01/2.142/10)</texto>
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