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    <identificador>BOCM-20100520-80</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Emplazamiento notificación providencia apremio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>119</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 80 
 Emplazamiento notificación providencia apremio 
  Ricardo Franco Expósito, recaudador municipal del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix (Madrid).
  Hace saber: Que en la Recaudación Municipal del Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix (Madrid) se encuentran pendientes de notificar las providencias de apremio referidas a los contribuyentes que después se relacionan.
   Intentadas las notificaciones de dichos actos administrativos, sin que haya sido posible notificarlos por causas no imputables a esta Administración, en cumplimiento del artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de diciembre de 2003), se emplaza a los interesados o sus representantes legales para que comparezcan en la Oficina de Recaudación, situada en el número 1 de la plaza de la Constitución, de San Agustín del Guadalix (Madrid), de lunes a viernes, de ocho y treinta a trece y treinta horas, para serles practicadas la notificación de la providencia de apremio, en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer y comienza el plazo de un mes para interponer el recurso de reposición regulado en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, ante el alcalde.
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  En San Agustín del Guadalix, a 27 de abril de 2010..El recaudador municipal, Ricardo Franco Expósito.
  (02/4.646/10)</texto>
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