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    <identificador>BOCM-20100520-104</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/05/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Verbal desahucio falta pago 955 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>119</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 104 
 Verbal desahucio falta pago 955 de 2009 
  El secretario del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid.
  Hago saber que en los autos que a continuación se dirán, se ha dictado que es del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 16 de marzo de 2010..En nombre de Su Majestad el Rey, la ilustrísima señora doña Elena O’Connor Oliveros, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancias número de Madrid, vistos los autos de juicio verbal sobre acción de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas, tramitados con el número 955 de 2009 y seguidos a instancia de don Arturo García Tizón, representado por el procurador señor don Rodríguez Muñoz, y asistido de letrado, contra doña Susana Asensio Ciudad, declarada en rebeldía.
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Rodríguez Muñoz, en nombre y representación de don Arturo García Tizón, contra doña Susana Ascensión Ciudad, declaro haber a la misma, y en su virtud, declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre ambos, en relación a la vivienda sita en la calle Julio Palacios, número 2, piso 10 1, de Madrid, condenando a la demandada a estar y pasar por esta resolución, y a desalojar la referida vivienda dejándola libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo hace en plazo, condenándola, asimismo, a pagar al actor la cantidad de 22.650,41 euros, más las rentas que se devenguen hasta el momento del desalojo y, con expresa condena en costas a la demandada.
  Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, debiendo consignar la cantidad de 50 euros en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1843/42 cuenta 0005001274.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Susana Asensio Ciudad, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 29 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (02/4.845/10)</texto>
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