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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 222 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 161 
 Demanda 222 de 2010 
  Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 222 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Díaz Jiménez, contra la empresa “Sistemas de Limpieza Integrales, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 192 de 2010
  En Madrid, a 7 de abril de 2010.
  Fallo
  Que estimando la demanda de despido entablada por doña Alicia Díaz Jiménez, contra la entidad “Sistemas de Limpieza Integrales, Sociedad Anónima”, declaro improcedente el despido objeto de este procedimiento, condenando a la entidad demandada a readmitir a la actora en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido, o bien, a su elección, manifestada en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución en la Secretaría del Juzgado, a reconocer y abonar a la actora por el concepto de indemnización la suma de 7.426,05 euros, condenando, en cualquier caso, a la empresa demandada a abonar a la actora los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la presente resolución con arreglo al salario declarado probado.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario corresponda al Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia de la empresa dentro de los supuestos y con los límites legales.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistemas de Limpieza Integrales, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/17.118/10)</texto>
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