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    <fecha_publicacion>2010/05/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Demanda 1.278 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>117</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 140 
 Demanda 1.278 de 2009 
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.278 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Edmundo Cristóbal Fuentes Orozco, contra don Alejandro Polanco Soulullo, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 498 de 2009
  En Madrid, a 17 de diciembre de 2009..Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Edmundo Cristóbal Fuentes Orozco, que asistido por el letrado don Carmelo Checa Sesma, y de otra, como demandado, don Alejandro Polanco Soulullo, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimo la demanda formulada por don Edmundo Cristóbal Fuentes, frente a don Alejandro Polanco Soutullo, y declaro improcedente el despido de aquel, condenando a la citada empresa a que opte en el plazo de cinco días entre readmitirle en las mismas condiciones anteriores al despido o indemnizarle con 695,09 euros, abonándole, en todo caso, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la presente resolución, a razón de 50,55 euros diarios.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 5028 en “Banesto”, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Edmundo Cristóbal Fuentes Orozco y don Alejandro Polanco Soulullo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de abril de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/17.203/10)</texto>
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