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    <fecha_publicacion>2010/05/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Demanda 1.610 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 122 
 Demanda 1.610 de 2009 
  Doña Milagros Sastre Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.610 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto París García y doña Eva María Martínez Ramiro, contra la empresa “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Eva María Martínez Ramiro y don Roberto París García, contra la empresa “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de doña Eva María Martínez Ramiro y don Roberto París García acordado con efectos del día 30 de septiembre de 2009, así como se declara resuelta la relación laboral mantenida en ambas partes, condenando a la demandada a que indemnice a doña Eva María Martínez Ramiro en la cantidad de 5.846,40 euros, no generándose salarios de tramitación por estar trabajado para otra empresa en el período coincidente con el de devengo, de los salarios de trámite y don Roberto París García en la cantidad de 1.917,60 euros, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que se declara improcedente hasta la fecha de la presente sentencia a razón de 15,98 euros brutos diarios.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/17.186/10)</texto>
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